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Empleadas de casa de préstamos exhiben y amenazan a deudora; terminan detenidas

Las empleadas de la Casa de Préstamos en Tamaulipas pegaron carteles con los datos personales de la deudora y amenazaron con difundir también la información de su familia

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Existen formas normales de exigir su pago a los deudores por parte de los despachos de cobranza y casas de préstamo. Llamadas amables, correos electrónicos, inclusive cartas expedidas por los empresas o despachos. Pero existen ciertas prácticas de cobranza que son un delito.


Esas prácticas son en las que incurrieron la gerente de una casa de préstamos y una de sus empleadas.


Las susodichas trabajadoras pegaron hojas con la fotografía y los datos personales de la deudora a la vuelta de su casa, así mismo los carteles incluían la amenaza de exhibir al resto de su familia si no se cubría el adeudo. Esto hizo que las empleadas ganaran una vinculación a proceso.


La deudora anónima, no solo sí pagó su deuda atrasada, sino que también hizo una denuncia por cobranza extrajudicial, que sí procedió, por lo que un juez giró una orden de aprehensión contra Cinthia L, y Amalia M, gerente y empleada de la tienda prestamista, de la sucursal Primero de Mayo en el municipio de Ciudad Madero, Tamaulipas.

Los despachos de cobranza no pueden amenazar al deudor y mucho menos a terceros. Foto: Pexels


Ambas mujeres fueron puestas ya ante un juez de control, que procedió a vincularlas a proceso, sin embargo, por suerte para ellas, su delito no se considera grave, ellas podrán enfrentar el proceso legal en completa libertad.

 

¿Qué es la cobranza extrajudicial?


Lamentablemente no es de conocimiento general el hecho de que existen prácticas de cobranza que son un delito.


La Condusef, Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, explica que "se entiende por cobranza extrajudicial ilegal al uso de la violencia verbal o intimidatoria, ejercida personalmente o a través de cualquier otro medio, para requerir el pago de una deuda vencida". Así mismo está prohibido vincular la deuda con terceras personas, a menos que sea un aval o deudor solidario.

Oscar Rosado Jimenénez, Presidente de la CONDUSEF. Foto: Cuartoscuro


Tampoco de pueden envíar documentos que aparenten ser escritos judiciales, o se ostenten como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.


Otro punto importante es que los despachos no pueden marcarte antes de las 7:00 am o después de las 10:00 pm.


También se castiga la gestión de Cobranza con maltrato y ofensas, así como el utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a una institución pública.

Po último, cabe recordar que nadie puede ser encarcelado por una deuda de carácter civil con una institución crediticia como bancos y SOFOMES (Sociedades Financieras de Objeto Múltiple).

 

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