Comparta éste artículo
POLÍTICOS

¿Puede haber sanción para los mexicanos por no votar en revocación de mandato?

El titular de la UIF puntualizó que los mexicanos pueden ser sancionados por no ejercer su derecho al voto, según la Constitución Mexicana.

POLÍTICOS

·
La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato.Créditos: Cuartoscuro

El pasado 10 de abril se llevó a cabo la consulta ciudadana sobre la revocación de mandato, la cual reportó poca participación por parte de los mexicanos. Ante la situación, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez, afirmó que un apartado de la Constitución Mexicana señala que puede haber sanción para quienes no acudieron a votar.

El titular de la UIF acusó al Instituto Nacional Electoral (INE) de brindar poca información sobre la consulta ciudadana de la revocación de mandato y por colocar una cantidad mínima de casillas a lo largo del país, hecho que jugó un papel importante en la participación de la población mexicana.

Pablo Gómez argumentó que el padrón electoral estaba compuesto por 92 millones 823 mil 216 ciudadanos, pero sólo 19 millones 502 mil 636 personas participaron, siendo así que sólo un 17.7 por ciento ejerció su derecho a votar. Un aproximado de 76 millones de mexicanos no acudieron a votar en la consulta ciudadana sobre la revocación de mandato.

 

¿Hay sanción para los mexicanos que no acudieron a votar?

A través de su cuenta de Twitter, el titular de la UIF compartió su interpretación del artículo 36, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se menciona la obligatoriedad de votar en los procesos de revocación de mandato.

“La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La 'autoridad electoral' nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1,360 millones en sus ilegales fideicomisos”.

“Corrección: el artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo”. Debido a esto, los mexicanos que no han ejercido su voto en comicios, consultas populares y procesos de revocación de mandato podrían ser sancionados durante un año con la suspensión de sus derechos ciudadanos, como el votar, ser votado, libertad de asociación, defender al país, de petición, ser servidor público o presentar iniciativas de ley.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) señala en su artículo 7 que votar en las elecciones es tanto un derecho como una obligación, pero en el artículo 447, donde se habla sobre las infracciones de los ciudadanos, no se habla de una multa o castigo por la omisión del voto, es decir, el no votar no se menciona como una falta o delito que requiera de una sanción.

Te puede interesar: Conteo final: AMLO obtiene 15 millones 159 mil 323 votos en la revocación de mandato

 

Temas