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Nueva norma para verificación vehicular: ¿En qué autos aplica y cuáles quedarán exentos?

La nueva norma oficial mexicana (NOM-236) establece nuevos criterios de inspección técnica para determinar las condiciones fisicomecánicas de los vehículos cuyo peso no exceda los 3.8 toneladas.

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La nueva norma oficial mexicana (NOM-236) establece nuevos criterios de inspección técnica para determinar las condiciones fisicomecánicas de los vehículos cuyo peso no exceda los 3.8 toneladas.Créditos: Graciela López (Cuartoscuro)

La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la nueva norma oficial mexicana (NOM-236), la cual establece nuevos criterios de inspección técnica para determinar las condiciones fisicomecánicas de los vehículos cuyo peso no exceda los 3.8 toneladas para circular bajo condiciones de seguridad en el territorio nacional.

El documento explica que los automóviles de procedencia nacional o extranjera que no pasen de los mil kilómetros deberán someterse a dicha verificación

"La presente Norma Oficial Mexicana es aplicable a los vehículos con un peso bruto vehicular de diseño que no exceda los 3,857 kg para circular bajo condiciones de seguridad en el territorio nacional", indica el documento.

Asimismo, el documento establece que se considera que un vehículo automotor cumple con la presente Norma Oficial Mexicana cuando no se presentan defectos o sólo se encuentran defectos leves y cumple con las disposiciones técnicas establecidas en dicha norma y de acuerdo con los requisitos administrativos establecidos por las autoridades competentes.

Nueva norma oficial mexicana (NOM-236) - FOTO: Cuartoscuro

¿Qué vehículos deberán someterse al proceso de verificación bajo esta nueva norma?

Los vehículos se someterán a inspección técnica de acuerdo a los intervalos siguientes:

  •  Vehículos de transporte particular: cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año. 
  • Vehículos de transporte particular de 10 o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, cada año.
  • Vehículos de uso intensivo: un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo; y a partir de entonces, cada año.

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¿Cuáles vehículos no necesitan la nueva verificación?

Se exceptúa de esta nueva verificación a los siguientes vehículos:

  • Aquellos vehículos con un peso bruto vehicular de diseño menor a 400 kg. 
  • A los empleados en labores agrícolas.
  • A los vehículos orientados para utilizarse en terreno montañoso o desértico, así como en zonas de playas y vías férreas.
  • Quedan excluidos también los vehículos matriculados como autos antiguos, los vehículos asociados a maquinaria dedicada para las industrias de la construcción y la minería.
  • Otros vehículos excluidos son aquellos destinados exclusivamente a circular en vías confinadas como pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, u otro campo de transporte similar.

¿Qué elementos comprende la nueva inspección técnica?

La inspección técnica del vehículo comprende los siguientes elementos:

  •  Carrocería y chasis.
  • Puertas.
  • Cofre.
  • Parabrisas, ventanas y limpiaparabrisas. 
  • Espejos o cámaras.
  • Soporte exterior de llanta auxiliar.
  • Asientos y sus anclaje.
  • Cinturones de seguridad.
  • Velocímetro. 
  • Claxon.
  • Todo el sistema de iluminación.
  • Sistema de frenos.
  • Sistema de dirección.
  • Sistema de suspensión.
  • Motor y transmisión.

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Cuando se dé cumplimiento a la verificación de las condiciones fisicomecánicas de acuerdo con las disposiciones que establezca cada autoridad en el ámbito de su competencia, se debe entregar al propietario, legal poseedor o al conductor del vehículo automotor, constancia y reporte de resultado de la evaluación.

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