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Mobbing: así puedes identificar y denunciar el acoso laboral

El mobbing o acoso laboral es una problemática que han padecido por lo menos 80 de cada 100 empleados en México, de acuerdo con cifras oficiales, de ahí la importancia de  detectar este tipo de actitudes y denunciarlas ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Aquí te decimos cómo puedes hacerlo y qué necesitas. 

BIENESTAR

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Las burlas de tu jefe o las "conspiraciones" que hacen contra ti otros empleados no son actitudes sanas en un ambiente de trabajo y son formas de mobbing o acoso laboral, un problema que han padecido por lo menos 8 de cada 10 trabajadores mexicanos, de acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). 

De acuerdo con la STPS, el mobbing (también conocido como bullying laboral) tiene efectos negativos no sólo en la salud mental del trabajador, sino en la productividad de una empresa y puede causar, entre otras cosas, incremento de ausentismo, aumento en las solicitudes por incapacidad y repercusiones en la productividad de un equipo. 

 

La misma dependencia expone que la violencia laboral se ejerce en diferentes niveles, ya sea vertical (de jefe a subordinado), horizontal (entre compañeros de trabajo) o ascendente (de subordinados a jefes), además de que se pueden producir daños colaterales en la salud social e institucional, por ejemplo, el trato que darán los trabajadores a sus familias.

(El Mobbing) es la acción verbal o psicológica de índole sistemática , repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta", señala la Organización Internacional del Trabajo. 

El mobbing afecta la salud mental de los empleados
El mobbing afecta la salud mental de los empleados (dgcs.unam)

Cómo identificar el mobbing

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) considera que hay por lo menos seis formas diferentes de mobbing a partir de quién lo ejerza: medidas institucionales, aislamiento social, ataques a la vida privada, agresiones verbales, agresiones psicológicas y hasta violencia. A continuación detallamos cada una de estas. 

Medidas institucionales: 

  • Designar los peores trabajos o los más degradantes. 
  • Dar trabajos innecesarios, monótonos o repetitivos. 
  • Designar tareas por debajo de las cualificaciones del trabajador. 
  • No asignar ningún tipo de trabajo o sobrecargar a una persona de actividades. 
  • Cambios de puestos sin aviso previo.

Aislamiento Social:  

  • Restringir de la convivencia a alguna persona en específico.
  • Trasladarlo a un área aislada.
  • La persona es ignorada cuando se dirige a un tercero.
  • Dividir o confrontar a los compañeros.

Ataques a la vida privada:  

  • Críticas a la vida íntima del trabajador. 
  • Atribuirles problemas psicológicos o falsas enfermedades. 
  • Burlarse de sus defectos personales. 
  • Imitar sus gestos o voz. 
  • Atacar creencias políticas o posturas religiosas. 
  • Descalificarlo por su apariencia o forma de vestir. 

"Dentro de mi extrabajo, el que era mi jefe solía revisar las conversaciones que teníamos en el celular, el modo de hacerlo era 'pedirte ayuda' y con ello tu celular, después te pedía hacer algo o él mismo se alejaba para ver tus conversaciones (...) El objetivo era ver cómo era la relación con los compañeros de trabajo", comentó un trabajador que fue víctima de mobbing, quien prefiere permanecer en el anonimato. 

Agresiones verbales: 

  • Gritar o insultar a la persona. 
  • Descalificar su trabajo de forma pública.
  • Amenazarlo. 

Agresiones psicológicas:  

  • Mortificar a una persona o grupo de personas con constantes críticas negativas.
  • Evaluar el trabajo de forma parcial o sesgada.
  • Minimizar el esfuerzo de un trabajador o adjudicárselo a terceros. 
  • Menospreciar profesionalmente a una persona.
  • Ningunear a un trabajador. 
  • Descalificarlo en público o privado. 
  • Intimidarlo con el hecho de que debería trabajar en otro lugar. 
  • Someterlo a extenuantes reuniones donde sólo se dirijan las críticas hacia su persona. 

Agresiones físicas:  

  • Amenazas de agresiones físicas. 
  • Maltrato (incluye desde pellizcos hasta golpes).

 "Lo peor era tener que aceptar todo tipo de invitaciones a fuera de horario laboral para 'convivir', de no acceder, inmediatamente eras 'marcado'. Cabe resaltar que todo esto era motivo para elegirte como el 'sacrificado' en tiempos de recorte personal", declaró la misma persona. 

¿Por qué se da el mobbing? 

Según la Suprema Corte de la Nación (SCJN), existen múltiples factores para que se den casos de acoso laboral dentro de una empresa o grupo de trabajadores, pero los más comunes son opacar o consumir emocionalmente a uno de los empleados

Otro de los factores es la relación negativa entre jefes y subordinados, o entre los mismos colegas, sólo en caso de que estas se mantengan de forma sistemática y no como simples hechos aislados. En todos los casos, siempre hay una situación que detona el acoso laboral. 

Fases del mobbing*: 

  • Detonante: Acción o conjunto de acciones que crean inestabilidad en el grupo.
  • Fase de desconcierto: La persona víctima de mobbing no entiende el nuevo actuar de sus colegas o jefe (s).
  • Autorecriminación: La víctima nota que ya no se le toma en cuenta y su autoestima cae, al grado de culparse por la situación. 
  • Rebeldía: Sólo en algunos casos, las personas se hacen notar a través de actos que siguen fomentando la agresividad. 
  • Depresión: Cuando notan que sus esfuerzos han sido en vano, los trabajadores pierden el interés, pero aún así tratan de mantenerse en sus puestos de trabajo.

*Protocolo de actuación contra casos de acoso laboral de la STPS 

¿El acoso sexual es mobbing?

El Protocolo de Actuación contra casos de acoso laboral de la STPS coloca al acoso sexual como una forma de violencia laboral, sin importar si es un evento aislado o sistemático, debido a que hay un ejercicio abusivo del poder que lleva a la víctima a un estado de indefensión, algo que también se establece en el artículo 13 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 

"Un día, este jefe y sus allegados hicieron una encuesta 'de broma'. Las preguntas iban desde: ¿Qué hombre tiene la peor relación amorosa?, hasta ¿qué mujer tiene el mejor trasero?", refiere la persona que prefiere permanecer en el anonimato. 

Las personas que sufren mobbing suelen padecer episodios de depresión
Las personas que sufren mobbing suelen padecer episodios de depresión (spspsicologia.com)

Ya te diste cuenta que lo padeces, ¿y luego?

El documento sobre acoso laboral de la CNDH le recomienda a las víctimas de mobbing recopilar una serie de pruebas antes de seguir con cualquier denuncia o acción legal, pues recuerda que la Ley Federal del Trabajo impide que los trabajadores sean violentados o discriminados, según los artículos 47, 51, 133 y 994. 

Pruebas que puedes recabar: 

  • Videograbaciones o fotografías.
  • Correos electrónicos , mensajes de texto o en otras redes sociales que demuestren que existe acoso laboral.
  • Oficios o instrucciones de trabajo por escrito. 
  • Testimonios de otros compañeros de trabajo. 
  • Constancias médicas o psicológicas de afectaciones causadas por una mala relación laboral. 

¿Cómo denunciar el acoso laboral? 

El Observatorio Laboral aconseja, en caso de que una persona sufra mobbing, que se acerque a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría de forma legal y gratuita al número telefónico 01 800 911 7877 o al email [email protected].

Por otra parte, el colectivo Puedes Decir No precisa las vías que un trabajador mexicano tiene para denunciar cualquier acto de acoso laboral en su contra. Una de las más importantes es la vía penal, es decir, llevar el caso ante un Ministerio Público. 

Vías para denunciar el acoso laboral: 

  • Civil: Interponer una demanda por daños o perjuicios ante tribunales civiles. 
  • Penal: Denunciar el hecho ante un Ministerio Público. 
  • Laboral: Demandar a la empresa o los representantes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje. 
  • Administrativa: Sólo aplica en caso de que la persona denunciada sea un servidor público y se hará conforme a las sanciones previstas por la legislación. 
  • Otras: Organizaciones como la Comisión para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México (COPRED) o la CNDH también reciben denuncias por mobbing. 

 

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