- 17 de septiembre de 2025
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y las normas oficiales aclaran ambas dudas, que suelen generar debate entre clientes y restauranteros.

En México, ir a comer a un restaurante no sólo significa elegir un platillo del menú, también implica conocer cuáles son tus derechos como consumidor. Dos de las preguntas más comunes al respecto son si los establecimientos pueden cobrar el agua simple y si es legal exigir el pago de propina.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y las normas oficiales aclaran ambas dudas, que suelen generar debate entre clientes y restauranteros.
El derecho al agua simple en restaurantes
La NOM-251-SSA1-2009 establece que los establecimientos de alimentos deben contar con agua potable disponible para consumo humano. Esto significa que, si un comensal solicita un vaso de agua natural, el restaurante no puede negarse a proporcionarlo.
De acuerdo con la Profeco, el agua simple debe servirse de manera gratuita y en condiciones higiénicas. Sin embargo, hay que hacer una distinción importante: si el cliente pide agua embotellada o de marca, como Ciel, Bonafont o Epura, el restaurante sí puede cobrar ese producto, ya que forma parte de su inventario de bebidas con costo.
En palabras sencillas, un vaso de agua purificada es un derecho, mientras que el agua en botella o jarra con algún servicio adicional es un consumo que puede cobrarse.

Propina: sugerida, no obligatoria
Otro tema recurrente es la propina. Muchos clientes han reportado que en algunos restaurantes de México se incluye de manera automática en la cuenta o se presiona para que se pague. Sin embargo, la Profeco ha dejado claro que “el pago de la propina es voluntario”.
Esto quiere decir que ningún establecimiento puede obligar a sus comensales a dejar un porcentaje fijo por el servicio. Tampoco es legal que se agregue directamente al ticket de consumo sin el consentimiento del cliente.
La práctica aceptada es sugerir un monto, que suele rondar entre el 10% y el 15%, pero siempre será el consumidor quien decida si lo paga y en qué cantidad.
Lo que dice la NOM-251 sobre el agua
La NOM-251 es una norma que regula las prácticas de higiene en el proceso de alimentos, bebidas y suplementos alimenticios. En ella se estipula que los establecimientos deben garantizar el acceso a agua potable para preparación y consumo.
Esto no sólo protege la salud de los clientes, sino que también marca una línea clara entre el agua que debe proporcionarse sin costo y la que se comercializa como producto embotellado.
Al respecto, la Profeco ha reiterado que negar un vaso de agua simple o condicionar su entrega a la compra de otro producto es una práctica indebida.
¿Qué hacer si te cobran agua simple o propina obligatoria?
Si un restaurante en México intenta cobrar por un vaso de agua simple o incluye la propina como un cargo forzoso, el consumidor puede levantar una queja ante la Profeco.
Te puede interesar: Así puedes presentar una queja en línea y presencial en Profeco
Este organismo cuenta con el Teléfono del Consumidor (55 5568 8722 y 800 468 8722) y también con módulos de atención presencial y en línea.
Los clientes tienen derecho a recibir información clara, veraz y a que no se les impongan condiciones abusivas en la venta de alimentos y bebidas.
El consumo en restaurantes debe ser una experiencia agradable y transparente. En México, el agua simple es un derecho gratuito y la propina es un acto voluntario, no una obligación legal. Conocer estas reglas permite a los comensales defender sus derechos y disfrutar de su comida sin preocupaciones.
La próxima vez que visites un restaurante y pidas un vaso de agua natural o decidas cuánto dejar de propina, recuerda que la ley está de tu lado.

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