- 13 de septiembre de 2024
Oxxo, de Femsa, afirmó haber obtenido un amparo que le permite ignorar el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
La cadena de tiendas de abarrotes Oxxo, propiedad de Femsa, aseguró a través de un comunicado que obtuvo una suspensión definitiva contra el reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, lo que le permitirá exhibir otra vez las cajetillas de cigarros en sus aparadores, cosa que se había prohibido a partir del pasado 15 de enero.
En el documento, la cadena de tiendas de autoservicio informó que el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa del Cuarto Circuito le otorgó dicho amparo el pasado 24 de enero, tan sólo nueve días después de la puesta en marcha de la legislación conocida como "Ley Antitabaco". Primero obtuvo la suspensión provisional, pero diez días después, el 3 de febrero, recibió la suspensión definitiva.
Sin embargo, de acuerdo con medios nacionales, la medida "sólo aplica para el nuevo reglamento", por lo que la cadena deberá cumplir con lo establecido en la ley. "Con dicha suspensión, Oxxo deberá seguir sujetándose al cumplimiento de las obligaciones que prevé la Ley General para el Control del Tabaco, así como su anterior reglamento", indicó la empresa en su boletín.
Llovieron peticiones de amparo contra Ley Antitabaco
El pasado 15 de enero entró en vigor el nuevo reglamento de la Ley General del Tabaco con el que se prohíbe fumar en diversos lugares públicos como restaurantes, aunque estén al aire libre o tengan una terraza. Está prohibido también realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco.
Luego de que esta medida entrara en vigor, restaurantes, cadenas de tiendas y otros establecimientos solicitaron amparos para no acatar la norma. Este tipo de establecimientos tienen hasta el mes de abril para para cumplir con la colocación de señalamientos de espacios 100% libres de humo y emisiones, advirtieron la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
Fumadores también tendrán limitaciones
De acuerdo con el nuevo reglamento, queda "prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva", es decir, patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, áreas de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niños y adolescentes, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, canchas, y prácticamente cualquier lugar.
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