Preocupación en las plataformas digitales ante posible fallo en cobro de impuesto por el 2%

La aplicaciones de servicio a domicilio podrían verse afectadas ante un nuevo impuesto del 2%
La aplicaciones de servicio a domicilio podrían verse afectadas ante un nuevo impuesto del 2% Créditos: Pexels

La Cámara de Comercio, Servicio y Turismo de la Ciudad de México (Conaco) informó su inquietud ante la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el amparo que rechaza la comisión del 2% en plataformas digitales de servicio en entrega y reparto a domicilio, según lo establecido en el artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México.

En una declaración la Conaco manifestó su preocupación en caso de que el fallo no sea favorable, ya que prevé las posibles consecuencias a las que podrían a enfrentarse tanto los operadores que trabajan en estas aplicaciones, como a los usuarios y consumidores finales. Viéndose obligados a hacerse responsables por dicho cargo, causando que los ingresos por parte de los repartidores sean altamente perjudicados, según el presidente del organismo José de Jesús Cárdenas.

Asimismo reparó sobre el riesgo al que estarán expuestos micro y pequeños restaurantes, afectando a todas las actividades empresariales de la rama comercial, en este punto Cárdenas expresó que contrario a la búsqueda en la aplicación de impuestos, lo que se necesita en ayudar e incentivar a estos comercios y emprendimientos para que generen una mayor fuente de ingresos y empleos.

Por su parte el ministro Luis María Aguilar morales propone negar el amparo, ya que considera que el impuesto no viola el principio de proporcionalidad tributaria: "Del impuesto establecido no está vinculado con el uso, explotación o aprovechamiento de la infraestructura de la Ciudad, sino que consiste en la realización de las actividades de intermediación, promoción o de facilitación digital al través de la operación y/o administración de aplicaciones y/o plataformas informáticas de control, programación y/o geolocalización en dispositivos...para la interconexión que permita a los usuarios contactar con terceros oferentes de bienes, para la entrega o recepción de paquete, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía".

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La plataformas digitales en México ya cumplen con obligaciones fiscales, las cuales abarcan el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del 4%, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 8% y el Impuesto Sobre Hospedaje (ISH), activas desde el 1 de junio de 2020. Por su parte Didi, Uber Eats y Rappi siguen expresando una seria intranquilidad, considerando que afectará negativamente a la economía así como un potencial desequilibrio con las obligaciones fiscales que ya tienen vigentes.

De acuerdo a daros de la Universidad Nacional Autónoma de México, el 40% de los emprendimientos mexicanos se encuentran en el sector restaurantero mientras el 96% de esos negocios utilizan las aplicaciones para la entrega de sus productos. Por otro lado la Canirac informa que en promedio el 20% de los ingresos que reciben los lugares que venden alimentos es gracias a la venta por aplicación.

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