- 01 de octubre de 2024
En un hecho sin precedentes, la Sala Superior del TEPJF decidió anular la elección de un diputado en el Estado de México debido a su incumplimiento en el pago de pensión alimenticia.
En un fallo histórico, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la revocación de la constancia de mayoría a Luis Alberto Carballo, diputado electo por una coalición de Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde Ecologista de México en el Estado de México, debido a su condición de deudor alimentario. Esta decisión marca la primera vez que se aplica la legislación 3de3 contra la violencia para anular una elección popular.
Durante la sesión del miércoles, los magistrados electorales del TEPJF votaron unánimemente a favor de la resolución que previamente había sido adoptada por la Sala Regional Toluca del mismo tribunal. La ponencia, presentada por el magistrado Felipe de la Mata, argumentó que Carballo era inelegible para el cargo debido a su inscripción en el padrón de deudores alimentarios en el momento de su registro como candidato.
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La legislación 3de3 contra la violencia, aprobada por el Congreso en abril de 2023, establece que la falta de pago de manutención familiar es causal para negar el registro a candidatos a cargos de elección popular. Además, contempla que antecedentes de acoso sexual y violencia política de género también serán penalizados con la denominada muerte civil. Esta normativa busca garantizar que quienes ostentan cargos públicos cumplan con sus obligaciones familiares y mantengan una conducta ética irreprochable.
Luis Alberto, postulado por la coalición de Morena, PT y PVEM, había obtenido la mayoría en su distrito. Sin embargo, al momento de su registro, estaba inscrito en el padrón de deudores alimentarios. A pesar de que el Instituto Nacional Electoral (INE) había validado su candidatura basándose en la acreditación del pago de la deuda, el TEPJF determinó que el pago se realizó fuera del período estipulado para el registro de candidaturas.
La Sala Superior explicó que tanto Carballo como los partidos que lo postularon intentaron controvertir la sentencia de la Sala Regional Toluca, alegando una interpretación incorrecta del requisito de elegibilidad. Argumentaron que el INE había considerado cumplido dicho requisito con la acreditación del pago, sin tener en cuenta que Carballo aún figuraba en el padrón de deudores. No obstante, el TEPJF sostuvo que el cumplimiento de la obligación debía haberse reflejado en el padrón antes del registro.
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Esta resolución tiene implicaciones significativas tanto para Carballo como para los partidos que lo postularon. Además de perder su constancia de mayoría, el caso de Carballo pone sobre la mesa la importancia de la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de los candidatos a cargos públicos. También sirve como un claro mensaje a los partidos políticos sobre la necesidad de verificar rigurosamente los antecedentes de sus aspirantes.
La anulación del triunfo de Carballo tendrá un impacto notable en el panorama político del Estado de México. La coalición Morena-PT-PVEM deberá buscar un nuevo candidato para ocupar el escaño vacante, lo que podría influir en el equilibrio de poder en la legislatura local. Esta situación también podría motivar a otros partidos y candidatos a revisar y asegurar el cumplimiento de todas las normativas legales para evitar descalificaciones futuras.
Luis Alberto expresó su desacuerdo con la decisión del TEPJF, argumentando que había cumplido con el pago de la deuda alimentaria y que su inscripción en el padrón era un error burocrático. Por su parte, los partidos Morena, PT y PVEM manifestaron su apoyo al ex candidato y anunciaron que evaluarán las medidas legales a seguir.
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