- 11 de septiembre de 2024
El juez consideró que ir al baño no se puede considerar como algo ajeno al espacio laboral, aun si el accidente ocurrió en una casa particular y no en las instalaciones de la empresa.

Una mujer en Cáceres, España, fue al baño mientras hacía home office y se cayó. Pidió que la empresa la indemnizara, pues estaba en horario laboral cuando sufrió el accidente, con heridas graves. Aunque la empresa trató de apelar, el juez dio un veredicto en favor de la trabajadora del call center.
Fue el Juzgado de lo Social número 1 quien estuvo a cargo del caso y concluyó que sí fue accidente laboral. Esto peso a que la empresa argumentó que la empleada no se lastimó mientras desempeñaba sus labores en la computadora.
Pero el juez consideró que ir al baño no se puede considerar como algo ajeno al espacio laboral, aun si el accidente ocurrió en una casa particular y no en las instalaciones de la empresa.

En la demanda se especifica que el accidente ocurrió en marzo de 2022 y que la afectada hace home office desde 2020. Al volver del baño a la computdora, resbaló y la caída le causó traumatismo en el codo y costado derecho.
“Si el incidente hubiera ocurrido dentro de una fábrica, oficina o tienda, nadie dudaría que se tratara de un accidente de trabajo”, argumentó el magistrado.
También te puede interesar: Joven finge hacer home office y lo captan en la playa
El juez también hizo énfasis en que no se trata de perjudicar a la empresa, sino de"evitar la desprotección” del trabajor.
Síguenos en Google News para más noticias
Notas Relacionadas
1




