- 24 de diciembre de 2025
La Ley Federal del Trabajo establece pago doble o triple si trabajas el 1 de enero, día de descanso obligatorio en México.

El 2026 está por comenzar y con ello llega el primer día festivo del año, el 1 de enero. Esta fecha está considerada como día de descanso obligatorio en México, de acuerdo con la legislación laboral vigente.
Si por alguna razón debes trabajar el jueves 1 de enero, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece reglas claras sobre el pago que deben recibir las y los trabajadores que presten sus servicios en esta fecha.
¿El 1 de enero es día de descanso obligatorio?
Sí. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo señala los días de descanso obligatorio. Entre ellos se encuentra el 1 de enero, junto con otras fechas oficiales reconocidas a nivel nacional. El listado incluye también el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre, el 25 de diciembre y otros supuestos establecidos por ley.

¿Qué pasa si te piden trabajar el 1 de enero?
Cuando una empresa requiere personal en un día de descanso obligatorio, patrones y trabajadores deben determinar cuántas personas laborarán. En caso de no llegar a un acuerdo, la ley establece un mecanismo de resolución. Las y los trabajadores que laboren ese día tienen derecho a un pago adicional, independientemente del salario que corresponde por el descanso obligatorio.
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¿Cuánto deben pagarte según la Ley Federal del Trabajo?
El artículo 75 de la LFT establece de forma expresa el pago que corresponde en estos casos: "Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado".
Esto significa que quien trabaje el 1 de enero debe recibir su salario diario normal más el doble, lo que equivale al pago triple por ese día. Ejemplo, si una persona trabajadora percibe el salario mínimo general, que a partir del 1 de enero de 2026 será de 315.04 pesos diarios, y se le solicita laborar en esa fecha de descanso obligatorio, deberá recibir:
- Salario diario normal: 315.04 pesos
- Pago doble por laborar en día festivo: 630.08 pesos
- Total a pagar por trabajar el 1 de enero: 945.12 pesos, equivalente al triple del salario diario, conforme al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
¿A quiénes aplica este pago?
Estas prestaciones son aplicables a todas y todos los trabajadores regidos por el apartado A de la Ley Federal del Trabajo. Esto incluye a obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y, en general, a toda persona con un contrato laboral. La ley establece estos derechos sin distinción del tipo de actividad, siempre que exista una relación laboral formal.

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¿Dónde denunciar si no te pagan lo correspondiente?
Si trabajas el 1 de enero y no recibes el pago que marca la ley, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda orientación gratuita. Puedes comunicarte a los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942 en toda la República, o escribir al correo orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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