Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió  el proyecto sobre la objeción de conciencia del personal médico. Aunque la corte reconoció que es constitucional, advirtió que no es un derecho ilimitado que permita discriminar a mujeres y minorías en procedimientos médicos como el aborto.

¿Qué es la objeción de conciencia con la que médicos podrían negarse a practicar un aborto?
¿Qué es la objeción de conciencia con la que médicos podrían negarse a practicar un aborto?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes la validez de la objeción de conciencia para el personal de salud que atiende casos de aborto, aunque el Pleno de Ministros se encuentra dividido ante la falta de una reglamentación suficiente para evitar que sea utilizado para limitar el derecho a la salud de las mujeres.

El Pleno de Ministros determinó que el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud (LGS) es acorde con la Constitución, al encontrar fundamento en la libertad de conciencia y de religión. Sin embargo, algunos ministros señalaron que los legisladores fueron deficientes al no incluir en la LGS los requisitos y formas en que la objeción de conciencia podría aplicarse.

Foto: Cuartoscuro

¿Qué es la objeción de conciencia?

De acuerdo con la UNAM, la objeción de conciencia se define como la negativa de una persona de
cumplir con un mandato jurídico, al considerarlo incompatible con sus convicciones. 

En medicina, la objeción de conciencia se define como la decisión individual que toma un profesional de la salud para dejar de realizar un acto médico científico y legalmente aprobado argumentando la transgresión hacia su libertad de pensamiento, conciencia o religión, en otras palabras, sus principios morales y creencias religiosas.

En el contexto de la reciente despenalización del aborto, la discusión se centra en que hay médicos que por ética personal o cuestiones religiosas consideran que no deben practicar un aborto, a pesar de ser legal.

Foto: Daniel Agusto/Cuartoscuro

¿Qué dice la SCJN sobre la objeción de conciencia?

Por mayoría de ocho votos, la SCJN reconoció como constitucional el derecho a la objeción de conciencia médica, pero aclaró que solo es de forma individual y con la obligación de que el Estado garantice la protección de la salud de los pacientes, incluso por aborto.

"La objeción de conciencia no constituye un derecho absoluto ni ilimitado que pueda ser invocado en cualquier caso y bajo cualquier modalidad. No se trata de un derecho general a desobedecer las leyes", afirmó el magistrado Luis María Aguilar.

La discusión al respecto continuará el próximo lunes 20 de septiembre

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