- 13 de septiembre de 2024
¿Sabías que gracias a la ley de outsourcing habrá un incremento en el reparto de utilidades? Aquí te decimos en qué casos aplica y cuándo debes recibir este pago que representa un derecho constitucional.
El reparto de utilidades se acerca y miles de mexicanos se hacen la pregunta: ¿qué es?, ¿me toca a mí?, ¿qué cantidad debo recibir?, ¿tendrá un aumento derivado de la ley del outsourcing? Aquí te explicamos punto por punto todo lo que tienes que saber sobre este derecho constitucional.
Las y los trabajadores tienen el derecho de recibir una parte de las ganancias que obtiene la empresa o patrón para el que labora; a esto se le conoce como reparto de utilidades. OJO, en caso de no recibir el pago correspondiente puedes denunciar.
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¿Cuándo se recibe el reparto de utilidades?
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el reparto de utilidades debe realizarse del 1 de abril al 29 de junio si trabajas para una empresa. Si tu patrón es una persona física, este se deberá realizar entre el 1 de mayo y el 29 de junio.
Se tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación, para el cobro de utilidades, destaca el SAT.
¿A quién le toca el reparto de utilidades y cómo se determina?
Si trabajaste de planta o eventual durante el año anterior al servicio, tienes derecho al reparto de utilidades que generó tu empresa.
Para determinarlo se calcula la mitad de las utilidades conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos, es decir la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria.
"Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, tienen la obligación de repartir utilidades a sus trabajadoras y trabajadores, por no tratarse de empresas de nueva creación", destaca el SAT.
¿Para quiénes no aplica el reparto de utilidades?
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), estos son las y los patrones que NO están obligados a dar utilidades a sus trabajadoras y trabajadores:
- Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. Y si sumado a esto se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan excluidas durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Las empresas de la industria extractiva de nueva creación.
- Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fines de lucro.
- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta sea menor a 300 mil pesos.
¿Dónde denunciar si no recibo el reparto de utilidades?
Si no recibiste utilidades puedes denunciar ante la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo a través del correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx o por medio de los números telefónicos: 555 645 2216 y 553 000 2700 extensión 65394, 65388 y 65338.
También puedes presentar tu queja ante la Profedet por medio de los números 800 717 2942 y 800 911 7877 y 555 998 2000 ext. 44782 y 44783. O a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
¿El reparto de utilidades tendrá un aumento derivado de la ley del outsourcing?
La secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde Luján, destacó que será este año cuando se vean reflejados los cambios de la reforma a la ley de subcotratación, lo que traerá para los trabajadores el incremento en el reparto de utilidades; ahora la cantidad recibida por este derecho pasaría de siete mil 301 pesos a 18 mil 557 pesos en promedio.
"Al regularizar las plantillas de los trabajadores y al reconocer las relaciones laborales, tendrá un impacto en el reparto de utilidades", externó Luisa María alcalde Luján.
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