- 13 de septiembre de 2024
Ingrid Escamilla fue asesinada el 9 de febrero de 2020 en la CDMX a manos de su pareja, Érick Francisco Robledo. El hombre la desolló y arrojó sus órganos al drenaje. Algunos medios de comunicación difundieron las fotos del cuerpo sin vida de la joven de 25 años, provocando una ola de indignación.

Tras el feminicidio de Ingrid Escamilla comenzaron a circular en redes sociales fotografías que exponían su cuerpo sin vida. "Descarnada", "La culpa la tuvo cupido", fueron algunos titulares de la prensa mexicana que mostraba el grado de violencia feminicida al que fue expuesta la joven de 25 años de edad.
Esta difusión provocó indignación en miles de mujeres, quienes se manifestaron frente a las instalaciones de redacciones como La Prensa por la indebida publicación de las fotografías de Ingrid.
A raíz de esto -y luego de esfuerzos feministas- en febrero de 2021 se aprobó en la CDMX la Ley Ingrid, con la cual se adicionó el artículo 293 Quater del Código Penal de la capital del país, quedando de la siguiente forma:
"Se impondrán de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la Ley como delitos".

Las sanciones previstas en el artículo anterior aumentarán en una tercera parte si la información que se difunda:
- Sea con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares.
- Tratare de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes.
- Sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima.
Diputados aprueban Ley Ingrid a nivel federal
Desde junio de 2020 en Colima se sanciona con tres a seis años de prisión a quien difunda las lesiones, estado de salud o las circunstancias de la muerte de una persona.
En Oaxaca también se tipificó esta práctica desde marzo de 2021, sancionando con 2 a 7 años de prisión a quien difunda este tipo de material.
Debido a que pocos estados habían implementado la Ley Ingrid en sus Códigos Penales, la Cámara de Diputados aprobó estas reformas a nivel federal.
A través de un comunicado, diputados destacaron que con la implementación de la Ley Ingrid a nivel federal se busca "que no se repitan los casos en que servidores públicos encargados de resguardar lo que sucedió en una escena sean los primeros en divulgar y difundir las imágenes, videos e información de la víctima".
En ese sentido, la modificación al artículo 225 del Código Penal Federal supone sanciones de cuatro a 10 años de prisión y de cien a 150 días multa a quien distribuya imágenes que vulneren los derechos de las personas. Las sanciones incrementarán en una tercera parte si la información refiere a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad. El documento que estipula dicha reforma fue enviado al Senado de la República para su análisis.
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