- 31 de octubre de 2024
La Supremacía Constitucional blinda a las reformas contra impugnaciones judiciales
El Senado y la Cámara de Diputados aprobaron la reforma de "Supremacía Constitucional", la cual establece que reformas a la Constitución no podrán ser impugnadas mediante controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad ni juicios de amparo.
Con el respaldo de 18 congresos estatales (hasta el momento de redactar esta nota), la iniciativa está en proceso de ser declarada constitucional y se espera que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Noroña celebra la aprobación en los congresos locales
Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, celebró la aprobación en los congresos locales y anunció que hoy mismo la Cámara de Diputados la declarará constitucional, pasando el dictamen al Senado para su revisión y envío a la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
Noroña anticipó que Claudia Sheinbaum, titular del Ejecutivo, podría ordenar la publicación del decreto esta misma noche, formalizando así la reforma en la Constitución.
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Estados respaldan la iniciativa de reforma constitucional
Con el apoyo de congresos en entidades como Guerrero, Ciudad de México, Zacatecas y Quintana Roo, entre otros, el cambio constitucional superó el mínimo requerido de 17 congresos estatales para su promulgación.
Esta reforma modifica los artículos 105 y 107 de la Constitución, estipulando la improcedencia de juicios o recursos legales para impugnar enmiendas a la Carta Magna. Según Noroña, esta medida refuerza el compromiso de evitar que los tribunales bloqueen reformas impulsadas por el gobierno federal.
Sheinbaum respalda la reforma y cuestiona la resistencia judicial
Durante su conferencia de prensa matutina, Sheinbaum explicó que el concepto de "Supremacía Constitucional" recoge una modificación previa a la Ley de Amparo impulsada en 2013 por el PRI y el PAN, y criticó la oposición de estos partidos, quienes se han opuesto en esta ocasión.
La mandataria señaló que, en ese momento, la enmienda fue aprobada con la intención de blindar reformas energéticas, y sostuvo que ahora se aplicará para defender las leyes respaldadas por el gobierno actual.
La reforma propuesta ha sido criticada en círculos judiciales y legislativos, especialmente después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptara analizar diversas acciones de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial. Este cambio se presenta en medio de un contexto político donde tanto el poder judicial como el gobierno federal se encuentran en una disputa sobre la validez y alcance de las reformas constitucionales.
Los cambios en los artículos 105 y 107 introducen restricciones para impugnar reformas a la Constitución mediante controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad o juicios de amparo, protegiendo así la aplicabilidad de dichas reformas. Además, un artículo transitorio indica que cualquier juicio o recurso en curso que busque cuestionar la validez de una reforma constitucional deberá ser desechado, limitando de este modo la intervención de la SCJN en estos casos.
Impacto en la reforma al Poder Judicial y otros proyectos
La implementación de la "Supremacía Constitucional" llega en un contexto de gran controversia, donde jueces y legisladores han cuestionado la reforma al Poder Judicial. La jueza Nancy Juárez Salas, por ejemplo, ordenó recientemente que se eliminara la publicación de la legislación del DOF, un fallo que fue criticado por Sheinbaum, quien aseguró que dicha orden contradice el espíritu de la Constitución.
Tal ha sido la controversia, que incluso ayer ocho ministros de la SCJN, incluyendo a su presidenta, Norma Piña, presentaron su renuncia. Algo que ha sido criticado por la Sheinbaum y Morena, calificando esta acción como una oportunidad para recibir una millonaria pensión antes de dejar sus cargos.
De acuerdo con el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los ministros retirados tienen derecho a una pensión equivalente al 100% de su salario mensual durante los primeros dos años y al 80% de este de por vida.
La Ley también establece que durante esos primeros dos años, los ex ministros reciben las prestaciones relativas a aguinaldo, pago por riesgo y prima vacacional, después de esos dos años, la única prestación que reciben anualmente es el aguinaldo.
Según el manual de remuneraciones del Poder Judicial , cada ministro de la Corte recibe un salario neto mensual de 172 mil 379 pesos, por su parte, la ministra presidenta obtiene un salario mayor, de 175 mil 660 pesos al mes, con un presupuesto anual de 3.7 millones de pesos, aunque su ingreso neto se reduce a 2.1 millones.
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