El Congreso capitalino eleva las sanciones hasta 30 años de cárcel en casos de homicidio contra menores dentro del núcleo familiar

¿En qué consiste la nueva ´Ley Crucito´ aprobada en CDMX?
¿En qué consiste la nueva ´Ley Crucito´ aprobada en CDMX? Créditos: X

La llamada "Ley Crucito" busca cerrar vacíos legales en el Código Penal de la Ciudad de México para proteger a niñas, niños y adolescentes de la violencia ejercida por padrastros, madrastras, hermanastros o parejas sentimentales de sus padres.

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El Congreso de la Ciudad de México aprobó este viernes una reforma histórica al artículo 125 del Código Penal local, conocida como la "Ley Crucito", cuyo nombre honra la memoria de un niño de seis años que perdió la vida en Iztacalco a manos de la pareja sentimental de su madre.

La iniciativa, defendida por la diputada Elizabeth Mateos Hernández (Morena), busca visibilizar una forma de violencia familiar que antes no era reconocida con toda su gravedad en la ley.

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"Se trata de que ningún niño o niña quede fuera de la protección del Estado por un vacío legal", afirmó la legisladora al presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

¿Qué establece la "Ley Crucito"?

La reforma modifica el artículo 125 del Código Penal de la CDMX, con los siguientes puntos centrales:

  • Se reconoce como homicidio agravado el asesinato de un hermanastro, hermanastra, hijastro o hijastra.
  • La sanción pasa de un máximo de 8 años de prisión (como homicidio simple) a 30 años de cárcel, más la pérdida de derechos sobre la víctima.
  • En casos donde exista violencia adicional, la condena podría alcanzar hasta 50 años de prisión.

Con esto, la CDMX se convierte en la primera entidad en el país en tipificar de manera explícita estos delitos, cerrando la puerta a interpretaciones legales que antes minimizaban el vínculo familiar en estos crímenes.

El interés superior de la niñez como principio rector

Durante la sesión, Mateos Hernández recalcó que el centro de esta reforma es la protección integral de la infancia.

"El interés superior de la niñez no es un eslogan: es un mandato constitucional y moral que nos obliga a decidir siempre en favor de su vida, su dignidad y su felicidad", señaló.

Además de honrar la memoria de Crucito, subrayó que la reforma reconoce la diversidad de las familias actuales, donde los vínculos no siempre son biológicos, pero sí representan responsabilidades de cuidado y protección.

Casos que evidencian la urgencia de esta ley

La diputada recordó otro episodio reciente en Tarandacuao, Guanajuato, donde un niño de nueve años, Santiago, fue asesinado con un machete por su propio padre bajo los efectos del alcohol. La madre también resultó herida en el ataque.

"Son historias que estremecen y nos obligan como legisladores a garantizar que la ley no deje desprotegidos a los más vulnerables", sostuvo Mateos.

Por su parte, el congresista Israel Moreno Rivera (PVEM) añadió que estos delitos "lastiman profundamente a la sociedad" y que el Estado debe asegurar el respeto pleno de los derechos de la infancia.

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De un homicidio simple a una sanción ejemplar

Hasta antes de esta reforma, el asesinato de un hijastro o hermanastro podía clasificarse como homicidio simple, con penas de apenas 8 años de prisión, al no existir un reconocimiento específico del vínculo en el Código Penal.

Con la aprobación de la Ley Crucito, los agresores enfrentarán penas mucho más severas y perderán automáticamente cualquier derecho que pudieran tener sobre la víctima.

Esto significa un cambio estructural en la legislación penal capitalina, que coloca la protección de la niñez como una prioridad jurídica y social, por lo tanto no sólo endurece las penas, sino que envía un mensaje, la violencia dentro del hogar no será tolerada y cuando la víctima es un menor, la sanción será ejemplar.

"Reforzamos el andamiaje jurídico para que ninguna niña, niño o adolescente quede fuera de la protección del Estado" mencionó Mateos Hernández.

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