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Clasificación de feminicidio inició en 2012, no durante la administración de AMLO

Contrario a lo que afirmó el presidente Andrés Manuel López Obrador durante su conferencia de prensa matutina, el delito de feminicidio se clasificó en 2012 y no en su adminitración. De acuerdo con el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), las cifras de feminicidio registradas a nivel nacional son diferentes a los casos que existen en realidad. Aquí te explicamos por qué.

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El presidente Andrés Manuel López Obrador atribuyó a su administración la tipificación del delito de feminicidio. Pero ¿sabías que este delito se incluyó en el Código Penal Federal desde 2012

El tipo penal de feminicidio se incluyó en el Código Penal Federal el 14 de junio de 2012. En adelante, comenzó a añadirse en los códigos penales estatales. 

AMLO atribuyó el aumento en las cifras de feminicidio al hecho de que, según él, la clasificación de este delito comenzó practicamente con su administración.

 Antes no se consideraban feminicidios, eran homicidios. Esta clasificación comienza prácticamente con nosotros. Por eso también hay un aumento de este delito porque antes asesinaban a las mujeres y no se consideraba como feminicidio".

 

De acuerdo con el artículo 325 del Código Penal Federal, el delito se define como: 

Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género".

 

A nivel estatal, cada Código Penal tiene una descripción del delito de feminicidio, además de características donde se anuncian las razones de género que lo acreditan. 

De acuerdo con el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), aunque cada uno de los uno de los diversos Códigos Penales de los 32 estados que conforman México cuentan con una regulación específica de este delito, cinco estados tienen aún tipos penales de feminicidio deficientes.

Esto dificulta la acreditación del delito, derivando en un alto número de casos que se invisibilizan. "Los estados con tipo penal deficiente son: Baja California, Chihuahua, Guanajuato, Michoacán y Quintana Roo", detalla el OCNF.

Manifestación en el Edomex / FOTO: Flickr

Incorrecta acreditación del delito, principal elemento de la impunidad

De acuerdo con el Observatorio, las cifras reales de feminicidio distan de la realidad, pues en México hay elementos que dificultan la acredicación del delito, por lo que la mayoría de muertes violentas de mujeres quedan registradas como homicidios. 

Estos son los elementos que frenan la correcta tipificación del delito: 

  • La falta de personal especializado y con perspectiva de género dentro de dichas investigaciones.
  • La cadena de impunidad que surge a lo largo del procedimiento penal.
  • La pérdida de indicios y pruebas importantes desde el inicio de la investigación por omisiones y negligencias.
  •  No hay personal especializado que realice peritajes sociales con perspectiva de género, para coadyuvar en la acreditación de las razones de género.
  • Se sigue culpabilizando a las víctimas por su forma de vida, para justificar o desacreditar que la muerte haya ocurrido por razones de género.
  • Los protocolos de feminicidio solamente se aplican cuando el Ministerio Público cree que la muerte puede ser un feminicidio, sin embargo, existen muchos casos donde la autoridad asume que es suicidio y no aplica el protocolo.

 

De acuerdo con la información y el acompañamiento de casos que realiza el OCNF, "los feminicidios se mantienen en alta impunidad debido principalmente a todas estas deficiencias en las investigaciones, lo que impide el derecho de las víctimas a la verdad, a la justicia, y a la reparación integral del daño". 

Pese a la dificultad que ya de por sí representa para las víctimas acceder a la justicia, el 28 de enero de 2020 el fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, externó la intención de eliminar el tipo penal de feminicidio, bajo el argumento de que para el Ministerio Público "es difícil acreditarlo". 

Como defensoras de los derechos humanos advertimos que eliminar el tipo penal de feminicidio y redefinirlo como agravante del homicidio, en el marco de la iniciativa de creación de un Código Penal Único en México, representaría un grave retroceso a los derechos de las mujeres, particularmente a su derecho a una vida libre de violencia", destacó el OCNF.

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