Estos son los autos que deberán suspender su circulación debido a la Contingencia Ambiental Fase 1 por ozono

Estos son los autos que deberán suspender su circulación debido a la Contingencia Ambiental Fase 1 por ozono
Estos son los autos que deberán suspender su circulación debido a la Contingencia Ambiental Fase 1 por ozono Créditos: Cuartoscuro

¿Pensabas salir con tu automóvil este domingo 13 de noviembre? Toma tus precauciones, pues se activó el Hoy no Circula por Contingencia Ambiental Fase I por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, por lo que diversos vehículos deberán suspender su circulación en un horario de 5:00 a 22:00 horas.

A través de un comunicado, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que la fase 1 de contingencia ambiental se activó con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono.

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Hoy no circula domingo 13 de noviembre 2022

Estos son los vehículos que no podrán circular este domingo 13 de noviembre de 5:00 a 22:00 horas:

  1.  Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. 
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6 y 8  así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  3.  Los vehículos de uso particular con holograma de verificación "0 y 00", engomado rosa, terminación de placa  7 y 8 
  4.  Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma "2".
  5.  Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  6. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación "1" o "2" que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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Estos autos estarán exentos del Hoy no Circula para el domingo 13 de noviembre:

  •  Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento. 

  •  Vehículos que porten holograma "00" o "0" cualquiera que sea su uso excepto los vehículos con  engomado color rosa,  terminación de placa 7 y 8.

  •  Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  •  Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
  •  Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  •  Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  •  Las motocicletas están exentas de la Fase I.

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