En Tamaulipas, ya ningún hijo podrá despojar de su casa a los adultos mayores, pues por ley estos tienen derecho a permanecer en el hogar, aún cuando le haya otorgado la propiedad de manera voluntaria o mediante engaños.
Con la adición al artículo 1667 del Código Civil del Estado, que entra en vigor este mes, se establece que: "Cuando los donantes sean personas de 65 años o más, el notario que expida el instrumento público de donación, deberá incluir la cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados a los donatarios".
Esta modificación a la ley fue propuesta por el grupo parlamentario del PAN en el Congreso del Estado y aprobada en la última semana del periodo parlamentario.
nuda El usufructo vitalicio, según el abogado Fausto Villarreal, que se trata del derecho de usar y disfrutar un bien que el adulto mayor haya donado, por el resto de su vida. Detalló que un patrimonio se compone de nuda propiedad y usufructo vitalicio.
¿Qué son la nuda propiedad y el usufructo vitalicio?
Las y los Diputados, aprueban realizar adición al Código Civil, a fin de establecer el deber de los notarios para...
Publicado por Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas en Viernes, 11 de diciembre de 2020