Los Diputados del Congreso del estado de Tamaulipas, hicieron una reforma al Código Civil de la región para que los adultos mayores ya no sean lanzados a la calle por sus hijos o cualquier otro familiar que se apodere de sus propiedades, con este nuevo ajuste a la ley, se garantiza el derecho de los abuelitos a disfrutar hasta su muerte el bien que cedieron.

Prohíben a hijos quitar casa a adultos mayores
Prohíben a hijos quitar casa a adultos mayores

En Tamaulipas, ya ningún hijo podrá despojar de su casa a los adultos mayores, pues por ley estos tienen derecho a permanecer en el hogar, aún cuando le haya otorgado la propiedad de manera voluntaria o mediante engaños.

Con la adición al artículo 1667 del Código Civil del Estado, que entra en vigor este mes, se establece que: "Cuando los donantes sean personas de 65 años o más, el notario que expida el instrumento público de donación, deberá incluir la cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados a los donatarios".

Nadie podrá despojar de sus propiedades a los adultos mayores de Tamaulipas

Esta modificación a la ley fue propuesta por el grupo parlamentario del PAN en el Congreso del Estado y aprobada en la última semana del periodo parlamentario.

nuda El usufructo vitalicio, según el abogado Fausto Villarreal, que se trata del derecho de usar y disfrutar un bien que el adulto mayor haya donado, por el resto de su vida. Detalló que un patrimonio se compone de nuda propiedad y usufructo vitalicio.

¿Qué son la nuda propiedad y el usufructo vitalicio?

Las y los Diputados, aprueban realizar adición al Código Civil, a fin de establecer el deber de los notarios para...

Publicado por Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas en Viernes, 11 de diciembre de 2020

La nuda propiedad es aquel derecho de una persona sobre un bien del que es propietario y tiene el dominio, pero no ostenta la posesión por haber sido cedida esta a través de un derecho real denominado usufructo.

El usufructo vitalicio es una protección para los adultos mayores, quienes no podrán ser lanzados a la calle porque tienen derecho de disfrutar hasta su muerte el bien que cedieron y los notarios están obligados a poner esta cláusula en las escrituras.

Por lo tanto, el notario no puede trasladar al cien por ciento la propiedad a otra persona, con ello se evita el despojo físico en agravio de este grupo vulnerable.

Quien pretenda despojarlos de sus bienes ya no lo va a poder lograr, la modificación limita la total propiedad, es un candado muy fuerte si el trámite de donación se hizo de forma engañosa o de mala fe por parte del nuevo dueño", explicó el abogado.

Así, aunque los adultos mayores no tengan el derecho completo de la propiedad que donaron o transmitieron, tendrán por ley el derecho a permanecer en ella hasta que fallezcan, esto se llama usufructo vitalicio.

En caso de que aún así quieran despojarlos, será más fácil revertirlo jurídicamente.

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