De acuerdo con lo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la ley seca iniciará el 25 de diciembre a las 18:00 horas. Y concluirá el 27 del mismo mes a las 23:59 horas.
En cuanto a Año Nuevo, la venta de alcohol estará prohibida apartir del 1 de enero de 2021 desde las 18 horas; hasta el 3 de enero a las 23:59 horas.
Dicha medida aplicará para las 16 alcaldías de la CDMX en los siguientes establecimientos:
- En establecimientos mercantiles que operen como tiendas de abarrotes
- Supermercados con licencia para venta de vinos y licores
- Tiendas de autoservicio o cualquier otro similar en los que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio, para llevar o en línea.
En la Gaceta también se destaca que toda actividad en la Ciudad de México PERMANECERÁ CERRADA, con excepción de las consideradas como esenciales para el funcionamiento de la Ciudad.
Las actividades consideradas como escenciales son:
- Actividades relacionadas con atención de la salud
- Manufacturas
- Construcción
- Telecomunicaciones
- Producción y venta de alimentos y abarrotes
- Venta de alimentos preparados (únicamente servicio para llevar o entrega a domicilio)
- Producción y venta de medicamentos y material de curación
- Bancos
- Servicios de hospedaje
- Servicios públicos (seguridad, agua, obra pública, tributarios y los necesarios para la operación)
- Cadena de servicios y proveedurías para sectores esenciales.