La entrega masiva de líderes criminales reabre la polémica jurídica: no se usó el Tratado de Extradición

¿Extradición o entrega? Las claves detrás del traslado de 37 capos de México a Estados Unidos
¿Extradición o entrega? Las claves detrás del traslado de 37 capos de México a Estados Unidos Créditos: Especial

El traslado simultáneo de 37 líderes del crimen organizado de México a Estados Unidos volvió a colocar en el centro del debate una pregunta clave: ¿bajo qué fundamento legal se están realizando estas entregas aceleradas? 

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A diferencia de los procesos tradicionales de extradición, estos hechos, el tercero de gran escala desde 2024, se ejecutó por una vía excepcional que ha permitido a ambos países retomar casos que llevaban años congelados en los tribunales.

Desde el primer envío, que incluyó a personajes históricos del narcotráfico como Rafael Caro Quintero, exdirigentes de Los Zetas y operadores del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), las autoridades han evitado usar un solo término jurídico. 

Entrega, traslado, expulsión o envío son las palabras que han dominado el discurso oficial. Lo único claro es que no se activó el Tratado de Extradición México–Estados Unidos, vigente desde 1974.

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Un gran cuello de botella judicial

Aparentemente, la razón de fondo para buscar una vía alterna fue el atasco judicial. Durante años, las solicitudes de extradición promovidas por Washington se toparon con amparos, suspensiones y recursos legales que retrasaron los procesos por periodos que superaron la década. 

Tras el primer traslado de 29 capos en febrero de 2024, el entonces secretario de Seguridad, Omar García Harfuch, acusó directamente a sectores del Poder Judicial de permitir estos bloqueos, incluso sugiriendo acuerdos irregulares para favorecer a criminales de alto perfil.

La presidenta Claudia Sheinbaum reforzó esa narrativa al denunciar una corrupción "ofensiva" dentro del sistema judicial, particularmente después de que una jueza ordenara la liberación de Rosalinda González Valencia, esposa del líder del CJNG, pese a una condena previa por lavado de dinero. En ese contexto, el Ejecutivo optó por un atajo legal para este punto.

¿Por qué no fue extradición?

El Tratado de Extradición impone condiciones estrictas, entre ellas la prohibición de aplicar la pena de muerte a ciudadanos mexicanos, dado que este castigo no existe en la legislación nacional. Al no seguir esa ruta, EE.UU. llegó a valorar la posibilidad de solicitar la pena capital para algunos casos emblemáticos, como el de Caro Quintero por el asesinato del agente de la DEA Enrique "Kiki" Camarena.

Alejandro Gertz Manero intervino para zanjar la controversia y aseguró que ninguno de los capos entregados puede ser ejecutado, ya que México condicionó su cooperación. Según explicó, Washington presentó solicitudes formales y específicas sustentadas en la Convención de Palermo de la ONU contra la delincuencia organizada transnacional, pero sin activar la figura jurídica de extradición.

Cuando se le pidió precisar el nombre del mecanismo utilizado, Gertz fue breve: "No tuvo denominación. Se actuó conforme a la ley".

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¿El argumento central?

La Fiscalía mexicana sostiene que el sustento legal se encuentra en la Ley de Seguridad Nacional y en el artículo 89 de la Constitución, que faculta al Ejecutivo federal a preservar la seguridad del país. Bajo este contexto, México atendió solicitudes de Estados Unidos al considerar que las actividades criminales de los trasladados representaban un riesgo grave y compartido.

Del lado estadounidense, el Departamento de Justicia argumentó que la primera entrega se realizó con base en la Orden Ejecutiva 14157, firmada por Donald Trump, mediante la cual varios cárteles mexicanos fueron clasificados como organizaciones terroristas. Esa designación permitió acelerar los procedimientos y justificar la urgencia de los traslados.

El propio Gertz reconoció que este recurso abrió una puerta inédita dentro del marco jurídico mexicano. Tras negociaciones bilaterales, Washington aceptó no solicitar la pena de muerte para los criminales enviados bajo este esquema, lo que allanó el camino para una segunda entrega de 26 capos en agosto de 2025.

La tercera entrega, concretada recientemente, eleva la cifra a 92 líderes criminales trasladados a EE.UU. mediante este mecanismo excepcional. El resultado es un precedente que combina eficacia operativa con ambigüedad legal: permitió superar años de litigios, pero dejó un marco poco claro que sigue generando dudas.

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