El próximo domingo 1 de junio se vivirán unas elecciones inéditas para elegir a los jueces, magistrados y ministros que integrarán el Poder Judicial.

Haz valer tus derechos laborales.
Haz valer tus derechos laborales. Créditos: Cuartoscuro.

El próximo domingo 1 de junio de 2025, México vivirá un proceso electoral inédito: por primera vez, la ciudadanía votará directamente por jueces, magistrados y ministros que integrarán el Poder Judicial. Aunque algunos empleadores aseguran que no es un feriado oficial, especialistas en derecho laboral afirman que sí se debe considerar como día de descanso obligatorio.

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A continuación te explicamos con base en la Ley Federal del Trabajo (LFT) qué te corresponde si trabajas ese día y cómo actuar en caso de que tu patrón no quiera pagarte lo justo.

¿El 1 de junio de 2025 es feriado?

Sí. De acuerdo con el artículo 74, fracción IX de la LFT, los días de elecciones federales o locales son considerados días de descanso obligatorio, independientemente de que se celebren en domingo.

Aunque esta elección ha sido clasificada por el INE como "extraordinaria", expertos en derecho laboral coinciden en que su impacto nacional y alcance ciudadano justifica su tratamiento como feriado oficial. Esto significa que las y los trabajadores tienen derecho a no laborar ese día o, en su caso, recibir una compensación especial.

¿Qué pasa si tienes que trabajar?

Si por necesidades del servicio debes trabajar el 1 de junio, la ley establece lo siguiente:

  • Pago del día normal: Tu salario diario habitual.
  • Pago doble adicional: Por ser día feriado.
  • Prima dominical: 25% extra si es tu día habitual de descanso.

Ejemplo de pago para salario mínimo

Si ganas el salario mínimo diario (278.80 pesos):

Pago ordinario: $278.80

  • Pago adicional (doble): $557.60
  • Prima dominical (25%): $69.70
  • Total por ese día: $906.10
Especial.
Si debes trabajar este día, esto te interesa. Créditos: Especial.

¿Qué dice la ley sobre el tiempo para votar?

La Ley Federal del Trabajo también garantiza que los empleadores deben otorgar tiempo suficiente para que sus trabajadores voten, sin importar si se trata de un proceso ordinario o extraordinario. No permitirlo puede acarrear sanciones de hasta $169,710 pesos por trabajador afectado.

Además, si el trabajador fue convocado para funciones electorales (como jurado o auxiliar), el patrón está obligado a facilitar su participación.

¿Por qué hay confusión este año?

El Instituto Nacional Electoral (INE) clasificó esta elección del Poder Judicial como "extraordinaria", lo cual ha sido interpretado por algunos empleadores como justificación para no otorgar el día libre ni pagar triple.

Sin embargo, diversos bufetes laborales, como Amado Díaz y García Velázquez Abogados, señalan que esta clasificación administrativa no puede invalidar un derecho constitucional ni una garantía laboral.

"En caso de duda legal, debe aplicarse el criterio que más favorezca al trabajador", advierten especialistas.

¿Qué hacer si no te pagan lo que te corresponde?

Si tu patrón se niega a pagar correctamente el trabajo en feriado, puedes contactar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet):

  • Línea gratuita: 800 911 7877 / 800 717 2942
  • WhatsApp: 551 484 8737
  • Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
  • Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 18:00 horas

¿Se puede considerar un nuevo día feriado?

Aunque aún no se ha modificado formalmente la Ley para incluir explícitamente las elecciones judiciales como feriado, el criterio progresivo y el derecho al voto garantizado por la Constitución respaldan la idea de que el 1 de junio de 2025 sí es día de descanso.

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Ante cualquier disputa legal, es muy probable que los tribunales laborales fallen a favor de los trabajadores.

El 1 de junio de 2025 no solo es un día clave para la democracia, sino también una fecha que, por ley, debe respetarse como día de descanso obligatorio

Especial.
No olvides ir a votar este 1 de junio. Créditos: Especial.

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