- 01 de octubre de 2024
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha fijado el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2023.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha fijado el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2023. Esta obligación fiscal debe cumplirse del 1 al 30 de abril de 2024, y es importante conocer quiénes están obligados a realizar este trámite y los documentos necesarios para ello.
Quiénes deben presentar la declaración anual ante el SAT
- Contribuyentes bajo el régimen de sueldos y salarios.
- Personas con ingresos por servicios profesionales o actividades empresariales.
- Individuos que hayan obtenido ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles o por enajenación/adquisición de bienes.
- Aquellos con intereses, dividendos u otros ingresos distintos a salarios.
- Inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
- Personas físicas que hayan obtenido préstamos, donativos o premios superiores a 600.000 pesos mexicanos.
Requisitos y documentos necesarios
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Firma electrónica vigente.
- Contraseña SAT ID.
- Cuenta Clabe e información bancaria (para personas físicas con saldo a favor).
Proceso para presentar la declaración anual ante el SAT
- Accede al sitio web del SAT e inicia sesión con tu RFC, firma electrónica y contraseña.
- Dirígete al apartado de Declaraciones y selecciona el ejercicio fiscal correspondiente.
- Carga los documentos requeridos según tu situación fiscal.
- Al finalizar el trámite, obtendrás un acuse de recibo como comprobante.
Consecuencias de no presentar la declaración anual
No presentar la declaración en el plazo establecido puede acarrear multas que van desde 1.400 a 17.370 pesos mexicanos por cada declaración no presentada a tiempo. Además, al presentarla fuera del plazo, la multa puede llegar hasta 34.730 pesos mexicanos.
Cumplir con esta obligación fiscal dentro del plazo evita sanciones y brinda la posibilidad de diferir el pago de impuestos adicionales en hasta seis mensualidades.
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Es fundamental estar al tanto de estos detalles para evitar contratiempos y cumplir con las disposiciones fiscales establecidas por el SAT. En Quinto Poder te mantendremos informado. Para más información, síguenos en nuestro canal de WhatsApp y suscríbete gratis a nuestro Newsletter.