- 01 de octubre de 2024
Esta información te puede ser útil para tu declaración anual ante el SAT si buscas recibir una devolución de impuestos.
La devolución automática de impuestos es una facilidad administrativa que otorga el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a todas las personas físicas que presenten en tiempo y forma su declaración formal o complementaria del ejercicio fiscal del año 2023. Y tú, ¿ya hiciste tu declaración anual del año 2023?.
¿Cuál es su finalidad?
Esta devolución es el resultado del saldo a favor del impuesto sobre la renta (ISR). Todos los contribuyentes (a pesar de existir ciertas excepciones) que hayan presentado su declaración anual pueden solicitarla, siempre que se hayan determinado conforme a lo previsto en las disposiciones fiscales correspondientes.
Las personas físicas pueden ejercer la devolución bajo los siguientes supuestos: al presentar su declaración de forma electrónica con su respectiva e.firma, o bien, la e.firma portable que uno posee al momento de inscribirse en el SAT.
Si el saldo a favor de los contribuyentes es igual o menor a 10 mil pesos, la declaración puede presentarse con contraseña; si es mayor a 10 mil pesos y hasta 50 mil pesos, puede hacerse con la misma, siempre y cuando se seleccione una cuenta CLABE de 18 dígitos. La e.firma o e.firma portable se utilizará cuando el saldo a favor solicitado sea mayor a los 50 mil pesos.
¿En qué casos no aplica la devolución automática?
Los siguientes puntos señalan las situaciones que no se consideran dentro del Sistema Automático de Devoluciones:
- Presentar la declaración mediante contraseña, estando obligado a presentarla con firma electrónica (e.firma).
- Solicitar la devolución de ejercicios fiscales distintos al ejercicio 2023.
- Presentar solicitud de devolución vía FED, previa obtención del resultado de la declaración del ejercicio fiscal 2021.
- Presentar la declaración anual normal o complementaria del ejercicio fiscal 2023 posterior al 31 de julio del presente año.
- Si durante el ejercicio al que corresponde el saldo a favor, el contribuyente se encuentra suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o como no localizable en su domicilio fiscal registrado.
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¿Cómo puedo consultar mi devolución automática?
De acuerdo con los artículos 22 y 22 B del Código Fiscal de la Federación y la regla 2.3.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal, los contribuyentes pueden consultar el estado de la devolución automática del ISR de personas físicas a través del portal de trámites del SAT:
- Presionar el botón "iniciar".
- Ingresar con el RFC y contraseña o e.firma.
- Seleccionar el tipo de solicitud a consultar.
- Seleccionar el ejercicio que deseas consultar.
- Seleccionar el tipo de solicitud a mostrar.
- Obtener la información que te muestre el sistema sobre tu solicitud automática.
Recuerda que esta consulta debe realizarse a partir del quinto día hábil siguiente a la fecha de presentación de la declaración anual para las personas físicas a través de internet, según lo aclarado por las autoridades fiscales. Si no fue posible la devolución automática en la cuenta CLABE proporcionada en la declaración anual, la autoridad fiscal notificará al contribuyente a través del buzón tributario. Posteriormente, se solicitará un estado de cuenta bancario con una antigüedad no mayor a dos meses que contenga la cuenta CLABE referida y se encuentre a nombre y con la clave de RFC del titular. ¿Te gustó la información? Puedes saber más a través de nuestro canal de WhatsApp. También te puedes unir al nuevo Newsletter completamente gratis.