- 13 de septiembre de 2024
A partir de enero, los adultos mayores de 65 años recibirán 6 mil pesos bimestrales.

La Pensión del Bienestar tendrá un aumento significativo que será de gran ayuda para los adultos mayores en México, pues a partir de enero de 2024, los más de 12 millones de beneficiarios, recibirán un incremento del 25 por ciento en su apoyo, elevando la suma a 6 mil pesos cada dos meses.
Fue el pasado 8 de diciembre cuando el presidente Andrés Manuel López Obrador, confirmó este aumento, señalando la importancia de este apoyo económico para cubrir gastos básicos como alimentación, salud y vivienda.
Tras darse a conocer este anuncio, muchos beneficiarios han comenzado a preguntarse cuándo depositarán el primer pago de la Pensión del Bienestar 2024. Por lo que aquí te decimos en qué momento van a empezar a caer las ayudas económicas.

¿Cuándo depositan el primer pago de la Pensión Bienestar 2024?
El pago 2024 para la Pensión Bienestar se realizará durante el mes de enero, de acuerdo con las iniciales del apellido paterno de las y los beneficiarios. Para conocer las fechas exactas del depósito es necesario mantenerse al pendiente de las redes sociales, aunque de acuerdo con el calendario de pagos previo, el depósito podría realizarse los primeros días.
Cabe mencionar que actualmente este programa social tendrá abierto su registro para la incorporación de nuevos beneficiarios, quienes recién cumplieron los 65 años de edad o que lo harán durante los primeros cuatro meses del año entrante. Con esto se espera brindarle apoyo a más personas en el país.
¿Qué necesito para registrarme?
Para registrarse al programa, deben estar al pendiente de los comunicados oficiales de la secretaría del Bienestar y cubrir los siguientes requisitos:
Persona solicitante adulta mayor:
1. Acta de nacimiento.
2. Documento de Identificación vigente:
- Credencial para votar
- Pasaporte vigente
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
3. Clave única de Registro de Población (CURP)
4. Comprobante de domicilio o constancia de residencia de la autoridades local